miércoles, 14 de octubre de 2009

Herrar es umano

Si algo le faltaba a la ley de medios es un descuido en las remisiones internas producto de las modificaciones que se le hicieron.
¿Qué es una “remisión interna”? Una remisión interna es, simplemente, una referencia realizada entre dos normas de una misma ley para mantenerlas enlazadas o ligadas. Por ejemplo, la Constitución enumera los requisitos para que una persona sea elegida Presidente de la Nación y agrega “las demás calidades exigidas para ser elegido senador”, es decir están enlazados los artículos 89 y 55. También podría hacerse una referencia directa, como por ejemplo cuando en una ley se dice que tal o cual situación se resolverá de acuerdo a lo dispuesto en tal o cual de sus artículos.
Esto es lo que se hace en los artículos 95 y 124 de la ley de medios, entre muchos otros. Pero el apuro, las modificaciones, la falta de atención, impidieron realizar las correcciones que correspondían. Las remisiones internas del texto que salió de la Cámara de Diputados en estos dos artículos resultaban incoherentes.
En el Congreso, como decía un antiguo jefe mío, todo se hace con “tracción a sangre”: los adelantos de la tecnología se van incorporando muy lentamente, los escritos todavía se deben imprimir en papel, ponerles un sello de goma a mano y firmarlas de puño y letra en cada hoja. Es decir que cada una de ellas deben ser transcriptas, y leídas y releídas para que haya coincidencia entre los documentos que se van encadenando (proyecto, dictamen y sanción). Las necesidades de la política a veces son mucho más urgentes que los mecanismos necesarios para producir cada instrumento. Por lo tanto, los errores y las consiguientes “fe de erratas” son más habituales que lo que la prudencia indicaría. Estas correcciones se materializan en comunicaciones que se envían los secretarios parlamentarios de cada Cámara. Es una práctica que, tal vez, se convirtió en demasiado frecuente. Pero es conocida y aceptada.
Algún purista podrá espantarse. Habrá que analizar caso por caso de estas erratas para determinar la real afectación a los derechos. No se las puede dar por sentadas para no convalidar modificaciones posteriores a una sanción. Pero si se trata de errores materiales fácilmente salvables… bueno, las vestiduras rasgadas son una respuesta algo exagerada.
Es verdad: en el tratamiento de este proyecto en particular debería haberse extremado todos y cada uno de los cuidados, los sustanciales y los formales. Pero todo se tensó tanto que todo se exagera: el apuro del oficialismo, y las lupas que se ponen desde el otro lado. Todo es slogan, y todo es una opereta.

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