viernes, 28 de agosto de 2009

Ni por correo electrónico, ni por diskette: por carreta

En Página/12 brilla por su ausencia. En El Cronista... también. ¿A ver en Críticadigital? Uhmmmm... no. ¿Y en La Nación? Tampoco. ¿Clarín? Menos. Ninguno de estos medios incluye en su página el proyecto de ley de medios audiovisuales, aunque sí frondosas diatribas, algunos de ellos, por lo menos. ¿Y la información plural? ¿Será que no les llegó?
El proyecto, que ingresó ayer a las 18:20 horas a la Cámara de Diputados, se puede consultar vía parlamentario.com o en ambitoweb.com.

jueves, 27 de agosto de 2009

La repregunta ausente

Soy lento, lo admito, porque recién ahora lo estoy entendiendo: los 166 votos de los que hablaba Gribaudo corresponden a 129 de la Cámara de Diputados más 37 del Senado.
La sospecha de esto la tuve con la nota de Página/12, cuando dice que le va solicitar a los miembros de la Comisión Bicameral Permanente que recomienden el rechazo al veto parcial de la ley 26.511. Admitamos que el aspecto comunicacional es pobre.
La base de ese rechazo me resulta dudosa.
La reforma constitucional de 1994 utiliza la misma técnica para los vetos parciales que para los decretos de necesidad y urgencia, y para la delegación legislativa: los prohíbe, pero inmediatamente indica la excepción a la regla: “Los proyectos desechados parcialmente [por el Poder Ejecutivo] no podrán ser aprobados en la parte restante. Sin embargo, las partes no observadas solamente podrán ser promulgadas si tienen autonomía normativa y su aprobación parcial no altera el espíritu ni la unidad del proyecto sancionado por el Congreso.” (artículo 80, C.N.).
Es decir que el control que el Congreso debe realizar sobre los vetos parciales es algo acotado: verificar si la parte promulgada tiene autonomía normativa y que no se haya alterado el espíritu ni la unidad del proyecto. Para el análisis de los argumentos, los motivos, que el Poder Ejecutivo haya utilizado para el veto, el procedimiento es el tradicional, es decir la insistencia que haga cada una de las cámaras, con los dos tercios de los presentes.
Tal vez podría decirse que un camino es interpretar que el Congreso puede hacerlo vía el procedimiento de los DNU para fortalecerlo, que ya es bastante malo que el Poder Ejecutivo pueda dejar sin efecto una de las decisiones del Poder Legislativo con su sola firma. Pero, bueno, una cosa es tener una postura contraria a la existencia del veto en sí misma, y otra es utilizar interpretaciones que cambien bastante un sistema que hasta el momento no se modificó.
Volviendo al aspecto comunicacional de la cuestión, sería interesante saber cómo lo expresó Gribaudo en la conferencia de prensa porque evidentemente los periodistas entendieron cualquier cosa. Y no parece que haya habido repreguntas, o tan siquiera preguntas. Además, podría acotarse que él mismo se puso en el peor escenario (que sin dudas es mejor que el de los dos tercios) porque para que las cámaras rechacen un veto parcial, no hace falta la mayoría absoluta sobre el total de miembros, sino que alcanza sólo sobre los presentes (en el mejor de los casos, 65 en la Cámara de Diputados, y 19 en la de Senadores, es decir 84 votos totales). De nada.

miércoles, 26 de agosto de 2009

Matemática parlamentaria

Como es bien sabido, el principio general para que las cámaras del Congreso adopten alguna decisión es que se cuente con el voto positivo de la mayoría absoluta de los presentes. Hay varias y variadas excepciones: desde proyectos de ley para los que la Constitución establece mayores exigencias numéricas hasta decisiones de procedimiento interno. A todas se las denomina “mayoría agravada” o, también, “mayoría especial”. Por ejemplo, un proyecto de ley sobre cuestiones electorales precisa la mayoría absoluta del total de miembros de cada Cámara; la declaración de la necesidad de la reforma de la Constitución, los dos tercios de los miembros de cada Cámara; la remoción de un diputado o senador, los dos tercios de los presentes de la Cámara respectiva, etc.
Como para ir un poco al grano, la insistencia que las cámaras hagan respecto de un proyecto de ley vetado total o parcialmente por el Poder Ejecutivo requiere el voto afirmativo de los dos tercios de los miembros presentes de cada Cámara. Es decir que para saber si una insistencia es votada positivamente el primer dato que se precisa es cuántos legisladores están sentados en sus bancas al momento de tal votación. Lo que significa que no es posible prever cuántos votos a favor son necesarios, sólo especular. Podría ser suficiente que sólo 86 diputados se pusieran de acuerdo si la Cámara estuviera en ese momento con quórum estricto (129 legisladores presentes), o ser necesarios 172, si todos los diputados participan de la votación.
¿En qué se basa el Diputado Gribaudo para asegurar que son necesarios 166 legisladores para que la Cámara se oponga al veto del artículo 4º de la ley 26.511, de emergencia agropecuaria para la provincia de Buenos Aires? Vaya uno a saber. Pero se ve que hizo el deleite de Infobae y La Nación, medios que en sendas notas casi idénticas se limitan a reproducir sus dichos sin el más mínimo atisbo de lectura crítica.

jueves, 13 de agosto de 2009

La suar-sofo-tinellización de la crónica parlamentaria

Los grandes maestros de la telebasura suelen autojustificarse argumentando que lo que ellos hacen es lo que quiere la gente.
El titular del Gran Diario Argentino sobre lo votado ayer en la Cámara de Diputados ("El oficialismo logró aprobar anoche prorrogar las retenciones por un año") parece responder a esa lógica: la prórroga de las delegaciones legislativas preexistentes a 1994 tenían que ver sólo con el monotema de las retenciones, y la decisión se toma sólo para enojar y perjudicar al “campo”.
El juego lo había abierto Carlos Pagni en La Nación hace unos meses atrás ("Retenciones, en un vacío jurídico") cuando la matemática parlamentaria parecía sonreír al no oficialismo: si los votos no alcanzaban para aprobar un proyecto como el de ayer, el Poder Ejecutivo no podría seguir fijando los derechos de exportación, y lo tendría que hacer el Congreso, no sólo para la soja, el trigo y el maíz, vale aclarar, sino para todos los productos de todos los rubros que pasen por las fronteras, de salida o de entrada. En las leyes de aduana del siglo XIX esta tarea podía resumirse en un listado que bien podía caber en una hoja del tamaño del de la Tribuna de Doctrina. (Una reproducción facsimilar de una de estas enumeraciones se puede consultar en un libro que es una joyita: Estado e industria (1810-1862), de José María Mariluz Urquijo, Macchi, 1969). Hoy… las posiciones arancelarias se pueden contar por miles…
¿El Congreso no puede hacerlo? Tal vez sí, tal vez no. Ciertamente, no de un día para el otro.
Pero la discusión de ayer no se trataba sólo de las retenciones. En todo caso hablar sólo de eso es para la tribuna, como hicieron muchos diputados. Problema de ellos, y de quienes se regocijaron de escuchar lo que querían oír.
Aunque la afirmación de que las normas delegantes son 1901 carece de todo sustento, hay una buena cantidad, y de todo tipo, pelaje y color. Los más tremendistas llegan a señalar que de no prorrogarse (prórroga que debió hacerse cada vez por falta de estudio del tema por parte de los legisladores) se caerían hasta el Código Civil y el de Comercio, o, por lo menos, algunos de sus artículos. No me consta. Pero el asunto es complejo.
Por tal motivo es que el medio periodístico debería ir un poco más allá, se supone, y hasta, tal vez, cuestionar a quienes sólo dicen lo que otros quieren escuchar. La actitud de Clarín está en perfecta sintonía con el lenguaje tribunero, bien propio de este tiempo de ¿fútbol libre?

martes, 4 de agosto de 2009

Táctica y estrategia


Argucia, ardid, sofisma, maña, componenda, socaliña, martingala, artería, celada, artificio, maquinación, estratagema, triquiñuela, picardía, retorcimiento. Aunque las cuestiones de imagen son más propias de la Princesa que mira, Clarín de hoy resulta una muestra interesante de los manejos, de los chanchullos, de los tejemanejes, de los trapicheos que se pueden hacer a través de la adjetivación.
La cuestión de la prórroga de las facultades delegadas, con su special feature sobre las retenciones, está dando pie a una buena cantidad de idas y venidas ante la casi certeza de que no se va a poder seguir el mismo camino que se tomó en los últimos años como para darles continuidad en bloque.
El título de la nota ya comienza hablando de una “jugada” la estrategia oficial de darle un tratamiento distinto a la facultad delegada de fijar los derechos de exportación. Está bien, la propuesta no habrá sido de lo más generosa, como suelen ser las primeras ofertas en cualquier negociación.
La primera frase califica el recurso como “pirueta”, una vuelta en el aire, una cabriola, una contorsión, un giro. Retorcimiento de la realidad.
La representación gráfica de Sábat refuerza el mensaje descalificador de la nota.
Vaya uno a saber. Tal vez el mensaje de las urnas haya sido “retenciones 0”. Pero, ¿es necesario una visión tan estrecha de una típica negociación política?