martes, 8 de julio de 2008

Una Constitución para La Nación

En La Nación de hoy, bajo el título "El Gobierno insiste en no cambiar el proyecto", se dice:

Soportar otro debate en la Cámara de Diputados y conseguir los dos tercios de los legisladores para aprobar cualquier tipo de modificación que propicie el Senado significa, para la Casa Rosada, un temblor que no están dispuestos a tolerar.
La ajustada votación en la Cámara baja dejó exhaustos a los hombres del oficialismo. Si el proyecto de retenciones es modificado por los senadores, esta vez el Gobierno necesitará más aliados para su ratificación, y no la mayoría simple que debió conseguir en el debate del sábado.

¿Habrá alguien en la redacción del diario que se ocupe de controlar que no se digan semejantes burradas? La lectura de los artículos 77 a 81 de la Constitución Nacional, correspondientes al procedimiento para la formación y sanción de las leyes puede resultar algo confusa, pero es ineludible si se quiere informar apropiadamente sobre el camino que tiene un proyecto de ley en el Congreso.
Es verdad: es muy posible que para el oficialismo sea poco conveniente que el proyecto de las retenciones sea modificado en el Senado y, por lo tanto, deba ser considerado nuevamente en la Cámara de Diputados. Pero la cuestión de las mayorías es un tema aparte. Una buena síntesis del procedimiento puede verse aquí.
¿Cuáles serían las distintas alternativas que podrían darse? Por supuesto, si el Senado aprueba el proyecto enviado por la Cámara de Diputados con la mayoría absoluta de los presentes, el capítulo parlamentario terminó, salvo un eventual veto del Poder Ejecutivo.
La cuestión se presenta, como dice la nota, si se le introducen modificaciones al proyecto. Las posibilidades previstas por la Constitución son dos (y sólo dos): que las reformas sean votadas por mayoría absoluta o por los dos tercios, en ambos casos computados sobre los presentes. Esta diferencia adquiere relevancia si y sólo si la Cámara iniciadora, en este caso la de Diputados, tuviera intención de insistir en su sanción original, ya que para aceptar las modificaciones es suficiente la mayoría absoluta de los presentes.
Dado que un consenso que signifique el voto por los dos tercios en el Senado de este proyecto ya aparece como algo imposible, se debe concluir que, salga como salga, se va a votar con la mayoría absoluta de los presentes. Esto significa que los 129 diputados que votaron afirmativamente la iniciativa de las retenciones el sábado pasado, tendrían abiertas las opciones para insistir con su criterio, o para aceptar las modificaciones de los senadores.
Suponiendo que lo anterior haya sido bien explicado, no hay dificultad en ver lo alejado de la realidad institucional que es el párrafo transcripto más arriba, independientemente de las dificultades políticas que se pudieran presentar para volver al tratar el proyecto en la Cámara de Diputados.

1 comentario:

Anónimo dijo...

POr favor dar una mano con nuestro blog para hacerlo difundir un poco.
desde ya muchas gracias.
uninstanteenlapatria.blogspot.com